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Intervención General de la Comunidad Autónoma

Presentación

Es el órgano a lo que corresponde afectuar el control interno de la actividad ecnómico-financiera de la Comunidad, de sus organismo autónomos y entes públicos y de las sociedades públicas, sin prexuizo de las competencias del Consejo de Cuentas de Galicia y, si es el caso, del Tribunal de Cuentas.

Gráfica de la estructura

Descripción de las competencias

  • Efectuar el control interno de la actividad económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante el ejercicio de la función interventora y del control financiero en la forma y con el contenido previstos en el capítulo I del título V del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.
  • La dirección y gestión de la contabilidad pública en la forma y con el contenido previstos en los capítulos II e III del título V del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia y en su normativa de desarrollo.
  • La dirección de la contabilidad de las entidades que forman parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia, en los termos dispuestos en el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia y en su normativa de desarrollo.
  • Las actuaciones de control financiero de subvenciones, de acuerdo con el dispuesto en la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y demás normativa de desarrollo.
  • Las actuaciones de auditoría de fondos comunitarios que le correspondan, de conformidad con lo establecido en los reglamentos comunitarios y la restante normativa de aplicación.
  • La gestión de la información económico-financiera y formulación de informes y propuestas de actuación derivadas del ejercicio de sus funciones contables y de control.

Son competencia propia de la Intervención General, sin perjuicio de su delegación:

  • La fiscalización previa de los siguientes gastos:
    • Los de cuantía indeterminada.
    • Los que deben ser aprobados por el Consejo de la Xunta de Galicia o afecten más de una consejería.
    • Aquellos que deban ser sometidos a informe de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia o de otro alto órgano consultivo.
  • La emisión de informes de expedientes de gasto que deban ser sometidos a la autorización del Consejo de la Xunta de Galicia.
  • La facultad de avocar la fiscalización previa de cualquier acto o expediente.
  • El nombramiento de representantes de la Intervención General, así como la designación de funcionarias/los asesoras/los para la comprobación material de las cantidades destinadas a obras, suministros, adquisiciones y servicios, de conformidad con la normativa aplicable en cada caso.

Edificios administrativos – San Caetano, s/n 15781 Santiago de Compostela

981 54 41 70

981 54 41 73

Correo electrónico
Correo de la Intervención General de la Comunidad Autónoma

Arturo  López Iglesias
Interventor General de la Comunidad Autónoma

Teresa  Gómez Crego
Secretaria de la Interventora General de la Comunidad Autónoma

981 54 41 71