Saltar al contenido

Inscripción de persona jurídica

1 Para iniciar los trámites de inscripción se recomienda empezar por la obtención del documento de "bastanteo de la escritura de apoderamiento", documento que será emitido por un letrado/a de la Asesoría Jurídica General de la Xunta de Galicia.

Se trata de un documento que acredita la suficiencia del poder para actuar en nombre y representación de la empresa en la realización de actuaciones relacionadas con la contratación administrativa.

Para tramitar este documento se puede poner en contacto con las siguientes unidades de la Asesoría Jurídica que le indicarán que documentación debe llevar para el trámite:

- Asesoría Jurídica General (Santiago):                981 545 876
- Asesoría Jurídica de Hacienda (Santiago):      981 544 120
- Asesoría Jurídica Territorial de A Coruña:        981 182 410
- Asesoría Jurídica Territorial de Lugo:                 982 294 963
- Asesoría Jurídica Territorial de Ourense:          988 386 988
- Asesoría Jurídica Territorial de Pontevedra:   986 805 311

 

2 Para completar el expediente de inscripción debe juntar, al documento de bastanteo anterior, la siguiente documentación:

  • Copia electrónica auténtica de la escritura de constitución de la empresa, escritura de apoderamiento y/o cualquier otra escritura  modificativa de las características básicas de la empresa. Todas las escrituras deberán estar inscritas en el Registro mercantil. (¿Qué son las copias electrónicas auténticas?)
  • La conversión de las escrituras públicas y del documento de bastanteo de poder en copias electrónicas auténticas las realizan las Oficinas de atención a la ciudadanía y registro de la Xunta de Galicia o registro público de cualquier Administración pública (Estado, Comunidad Autónoma y entidades locales). Para hacer la gestión en las Oficinas de la Xunta puede pedir cita aquí.
  • En el caso de oponerse su consulta por parte de la Administración, deberá  aportar certificados de no tener deudas con la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), la Agencia tributaria de Galicia ( ATRIGA) y la Seguridad Social ( SS), expedidos a efectos de la Ley 9/2017, de Contratos del sector público. Estos tres documentos, como llevan código de verificación electrónica ( CVE) no es preciso que sean copias electrónicas auténticas.
  • Certificado de situación en el censo en el que se acredite alta actual en el Impuesto de Actividades Económicas. Este documento, como lleva código de verificación electrónica ( CVE) tampoco es preciso que sea copia electrónica auténtica.
  • Copia simple de los justificantes del pagado del IAE del último ejercicio o, de ser el caso, declaración firmada electrónicamente de estar exento de su pago. Se puede obtener el modelo de concurrir en las causas de exención del impuesto aquí: Declaración de exención del IAE.
  • Declaración del/de la apoderado/la, administrador/la o concejal/a delegado/la de no incurrir en prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 9/2017 de 8 de Noviembre , de Contratos del sector público debidamente firmada electrónicamente. Puede obtener el modelo de declaración aquí: Declaración art. 71

En el caso de personas jurídicas extranjeras: Se requerirá la misma documentación exigida a los españoles y además:

  • Para contratistas no españoles de estados miembros de la U.E. o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Deberán acreditar, según el artículo 67.2 de la Ley 9/2017 que, en caso de que la legislación de su Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio, cumplan este requisito.
  • Para empresas no comunitarias y de las no firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, informe de reciprocidad de la Oficina económica y comercial de España en el exterior, según lo señalado en el artículo 68 de la Ley 9/2017.
  • Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todos los incidentes que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al foro jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle al licitador.
     

 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO

En la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

 

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD EN LÍNEA

Si toda la documentación la tiene, según se indicó anteriormente, en formato electrónico válido, esto es, escrituras y bastanteo del poder en copia electrónica auténtica, certificaciones tributarias y de la Seguridad Social con código de verificación electrónica (CVE) y declaraciones del/la interesado/la con firma electrónica puede presentarla en línea a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia junto con la solicitud normalizada del procedimiento ( FA701A) que encontrará en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y que deberá ser debidamente cumplimentada y firmada  electrónicamente.

 

INFORMACIÓN:

Registro General de contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia

Teléfono: 881 999 057/ 981 545 519.

Correo electrónico: rxccagalicia@conselleriadefacenda.es

 

Acceso a la sede electrónica de la Xunta de Galicia