Procedimiento de contratación
Le presentamos documentación y enlaces útiles para el proceso de contración de la Administración pública gallega:
- Portal de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Índice mensual de precios
- Formularios para Publicidad en el DOUE
- Formulario normalizado del Documento Europeo único de contratación - DEUC (en castellano)
Tipo legal de interés de demora
El artículo 216.4 de la TRLCSP establece que la Administración tiene la obligación obriga de abonar el precio dentro de los 30 días seguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, y, en el caso de demora, debe abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de 60 días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Lei 3/2004, del 29 de deciembre del 2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidd en las operaciones comerciales (B.O.E. 30-12-2004).
A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, del 29 de deciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, en el siguiente cuadro se puede consultar las Resoluciones de la Dirección General del Tesoro e Política Financera del Ministerio de Economía y Hacienda por la que se hace público el tipo legal de interés de demora aplicable en las operaciones comerciales realizadas entre empresas y la Administración.
Tipo de interés legal del dinero
Clasificación estadística de los contratos públicos: CPV y CPA
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CPA
El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, dispone que los pliegos de cláusulas administrativas particulares contendrán la definición del objeto de contrato y, en su caso el de cada uno de los lotes, con expresión de la codificación correspondiente de la nomenclatura CNPA, en la actualidad la nomenclatura CPA, recogida en el Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2008, vigente desde el 4 de junio de 2008.
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CPV
Cuando el contrato sea igual o superior a los umbrales comunitarios, los pliegos de cláusulas administrativas particulares y el anuncio de licitación deberán indicar, además, la codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario común de contratos públicos recogida en el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, del 28 de noviembre de 2008, vigente desde el 15 de septiembre de 2008.
Dirección
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